Mandated Reporter Academy
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Cómo denunciar

Virginia Occidental (WV)

¿Quién tiene la obligación de denunciar?

Cita: Código Anotado, sección 49-2-803

Los siguientes profesionales tienen la obligación de denunciar:

  • Profesionales médicos, dentales o de la salud mental
  • Practicantes de la Ciencia Cristiana o sanadores religiosos
  • Maestros u otro miembro del personal escolar
  • Servicio social, cuidado infantil o trabajadores de hogares de acogida
  • Personal de servicios médicos de emergencia
  • Agentes de paz, funcionarios de seguridad, o agentes de servicios humanos
  • Miembros del clero
  • Jueces de tribunales de circuito, jueces de tribunales de familia, empleados de la División de Servicios de Menores o magistrados
  • Administradores de campamentos de menores, consejeros, empleados, entrenadores o voluntarios de entidades que brindan actividades organizadas para niños
  • Procesadores de películas comerciales o de impresiones fotográficas

¿Cuándo es obligatoria una denuncia?

Cita: Código Anotado, sección 49-2-803

Un denunciante por mandato que tenga motivos razonables para sospechar que un niño es víctima de abuso o negligencia u observe que el niño está siendo víctima de condiciones que probablemente resulten en abuso o negligencia deberá, inmediatamente y en no más de 48 horas después de sospechar dicho abuso o negligencia, denunciar las circunstancias o hacer que se presente una denuncia al Departamento de Salud y Recursos Humanos (DHHR, por sus siglas en inglés). En cualquier caso en que el denunciante crea que el niño sufrió abuso físico grave, abuso o agresión sexual, el denunciante también deberá denunciar inmediatamente a la policía estatal y a cualquier organismo de seguridad que tenga jurisdicción para investigar la denuncia.

Cualquier persona mayor de 18 años que reciba una exposición de un testigo creíble u observe cualquier abuso o agresión sexual de un niño deberá, inmediatamente y no más de 48 horas después de recibir dicha exposición u observar el abuso sexual o la agresión sexual, presentar una denuncia al departamento o a la policía estatal u otro organismo de seguridad que tenga jurisdicción para investigar la denuncia.

¿Qué información debe incluir la denuncia?

Cita: Código Anotado, sección 49-2-803

El sitio web de la Oficina para Niños y Familias del DHHR establece que se debe proporcionar la siguiente información:

  • Información demográfica de la (las) víctima(s)
  • Tipo de abuso o negligencia sospechado
  • Si la víctima está en peligro inminente
  • Ubicación de la víctima y los cuidadores
  • Si hay un cuidador protector presente
  • Si el presunto perpetrador tiene acceso a la víctima
  • Funcionamiento general de las víctimas y cuidadores
  • Cualquier amenaza a la seguridad de las personas de primera respuesta

Falta de presentación de denuncia

Cita: Código Anotado, sección 49-2-812

Cualquier persona, funcionario o institución obligado por este artículo a denunciar un caso que involucre a un niño que se sabe o se sospecha que es víctima de abuso o negligencia y que, a sabiendas, no lo haga, o a sabiendas impida que otra persona que actúe razonablemente lo haga, es culpable de un delito menor y, al ser condenado, será confinado en prisión por no más de 90 días o multado por no más de $5,000, o ambas sanciones, multado y confinado.

Cualquier persona, funcionario o institución obligado por este artículo a denunciar un caso que involucre a un niño que se sepa o se sospeche que es víctima de agresión o abuso sexual, o un estudiante que se sepa o se sospeche de haber sido víctima de cualquier contacto sexual no consensuado, relación sexual o intrusión sexual en las instalaciones escolares, que a sabiendas, no lo haga, o a sabiendas impida que otra persona que actúe razonablemente lo haga, es culpable de un delito menor y, al ser condenado por ello, será confinado en la cárcel por no más de 6 meses o multado con no más de $10,000, o ambas sanciones.