Cita: Código Anotado, sección 45.2002
Las siguientes personas tienen la obligación de denunciar:
- Médicos o cirujanos, incluidos médicos en formación, osteópatas, optometristas, quiroprácticos, podólogos, auxiliares de salud infantil, examinadores médicos o forenses, dentistas, enfermeros o personal hospitalario
- Practicantes de la Ciencia Cristiana
- Funcionarios o empleados escolares
- Trabajadores sociales o trabajadores de residencias familiares o centros de cuidado infantil
- Profesionales de salud mental