Cita: Código Anotado, Título 10A, sección 1-2-101; Título 21, sección 1021.4
Los denunciantes por mandato incluyen las siguientes personas:
Todas las personas
Empleados escolares
Médicos, cirujanos u otros profesionales de atención médica, incluidos doctores en medicina, médicos osteópatas con licencia, residentes, pasantes o parteras
Procesadores de películas comerciales e impresiones fotográficas o técnicos informáticos
¿Cuándo es obligatoria una denuncia?
Cita: Código Anotado, Título 10A, sección 1-2-101
Toda persona que tenga motivos para creer que un niño menor de 18 años es víctima de abuso o negligencia deberá denunciar el asunto inmediatamente al Departamento de Servicios Humanos. Las denuncias se harán a la línea de atención. Cualquier acusación de abuso o negligencia denunciada de cualquier manera a una oficina del condado será remitida inmediatamente a la línea de atención por el departamento.
Todo empleado escolar que tenga motivos para creer que un estudiante menor de 18 años es víctima de abuso o negligencia deberá denunciar el asunto inmediatamente al departamento y al organismo de seguridad local. Las denuncias ante el departamento deberán realizarse a través de la línea de atención. Cualquier acusación de abuso o negligencia denunciada de cualquier manera a una oficina del condado será remitida inmediatamente a la línea de atención por el departamento. Todo empleado escolar que tenga motivos para creer que un estudiante de 18 años o más es víctima de abuso o negligencia deberá denunciar el asunto inmediatamente al organismo de seguridad local.
¿Qué información debe incluir la denuncia?
Cita: Código Anotado, Título 10A, sección 1-2-101
Todo médico, cirujano, otro profesional de atención médica o partera que presente una denuncia de abuso o negligencia o que examine a un niño para determinar la probabilidad de abuso o negligencia y todo hospital o institución relacionada en la que el niño fue examinado o tratado deberá proporcionar, ante su solicitud, copias de los resultados del examen; copias del examen en que se basó la denuncia; y cualquier otra nota clínica, radiografías, fotografías y otros registros previos o actuales relevantes al caso a los agentes de seguridad que lleven a cabo una investigación penal sobre el caso y a los empleados del departamento que lleve a cabo una investigación de presunto abuso o negligencia en el caso.
Falta de presentación de denuncia
Cita: Código Anotado, Título 10A, sección 1-2-101(B)(4); (C)
Cualquier empleador, supervisor o administrador que despida, discrimine o tome represalias contra el empleado u otra persona será responsable de los daños, costos y honorarios de abogados.
Cualquier persona que a sabiendas y voluntariamente no denuncie de inmediato sobre sospechas de abuso o negligencia infantil o que interfiera con la denuncia inmediata de sospechas de abuso o negligencia infantil puede ser denunciada ante la policía local para una investigación criminal y, en caso de condena, será culpable de un delito menor.