Cita: Leyes Generales, Cap. 119, sección 21
- Los denunciantes por mandato incluyen las siguientes personas:
- Profesionales médicos y de la salud mental, incluyendo:
- Médicos
- Internos médicos
- Personal de hospital
- Examinadores médicos
- Psicólogos
- Técnicos médicos de emergencia
- Dentistas
- Enfermeros
- Quiroprácticos
- Podólogos
- Optometristas
- Osteópatas
- Profesionales afines de la salud mental y los servicios humanos
- Consejeros en materia de drogas y alcoholismo
- Psiquiatras
- Trabajadores sociales clínicos
- Personal de educación y cuidado infantil, incluyendo:
- Maestros de escuelas públicas o privadas
- Administradores educativos
- Orientadores o consejeros familiares
- Trabajadores de cuidado infantil
- Personal de cuidado infantil y servicios residenciales, incluyendo:
- Personas a las que se les paga por cuidar o trabajar con niños en cualquier centro, hogar o programa público o privado que proporcione cuidado a niños o servicios residenciales
- Personas que prestan servicios a través de:
- Agencias de recursos y remisiones para el cuidado infantil
- Agencias de gestión de vales
- Sistemas de cuidado infantil y familias
- Programas de alimentación para el cuidado infantil
- Funcionarios regulatorios y escolares, incluyendo:
- Licenciantes del Departamento de Educación y Cuidado Infantil
- Agentes de asistencia escolar
- Personal legal y de seguridad pública, incluyendo:
- Agentes de libertad condicional
- Secretarios-magistrados de un tribunal de distrito
- Agentes de libertad bajo palabra
- Trabajadores sociales
- Padres de acogida
- Bomberos
- Agentes de policía
- Agentes de control de animales
- Funcionarios religiosos y afiliados, incluyendo:
- Sacerdotes, rabinos, miembros del clero, ministros ordenados o con licencia, líderes de cualquier iglesia o entidad religiosa o practicantes acreditados de la Ciencia Cristiana
- Personas que desempeñan deberes oficiales en nombre de una iglesia o entidad religiosa que se reconocen como deberes de dichos líderes religiosos
- Personas empleadas por una iglesia o entidad religiosa para supervisar, educar, entrenar, capacitar o aconsejar a un niño de manera regular
- Liderazgo institucional, incluyendo:
- Personas a cargo de una institución médica u otra institución pública o privada, escuela o centro
- El agente designado de esa persona
- El defensor del niño