Mandated Reporter Academy
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Cómo denunciar

Iowa (IA)

¿Quién tiene la obligación de denunciar?

Cita: Código Anotado, secciones 232.69; 728.14

Las siguientes personas tienen la obligación de denunciar:

  • Profesionales de atención médica
  • Trabajadores sociales o psicólogos
  • Empleados escolares, incluyendo:
    • Paraeducadores certificados
    • Entrenadores
    • Instructores empleados por colegios comunitarios
  • Empleados u operadores de los siguientes tipos de centros o programas:
    • Centros de atención médica
    • Centros de cuidado infantil
    • Programas Head Start
    • Programas de subvenciones para el desarrollo familiar y la autosuficiencia
    • Programas o centros para trastornos por consumo de sustancias
    • Centros de detención para menores o de atención de refugio para menores
    • Centros de acogida
    • Centros de salud mental
  • Empleados de las instituciones departamentales enumeradas en la sección 218.1
  • Un empleado u operador de un centro de detención para menores o de atención de refugio para menores
  • Agentes de paz, consejeros o profesionales de la salud mental
  • Un empleado u operador de un proveedor de servicios para niños financiados bajo una exención de servicios basados en el hogar y la comunidad de asistencia médica aprobada por el gobierno federal
  • Empleados, operadores, propietarios u otras personas que desempeñan deberes en centros residenciales certificados para niños
  • Un terapeuta de masajes con licencia
  • Procesadores de películas comerciales e impresiones fotográficas

¿Cuándo es obligatoria una denuncia?

Código de Iowa, sección 232.69

Los denunciantes por mandato deben presentar una denuncia oral sobre sospecha de abuso dentro de las 24 horas cuando crean razonablemente que un niño o un adulto dependiente ha sufrido abuso.

¿Qué información debe incluir la denuncia?

Cita: Código Anotado, sección 232.70

Las denuncias deberán contener la mayor cantidad posible de la siguiente información:

  • Los nombres y la dirección del domicilio del niño, los padres del niño o de otras personas que se considere que son responsables del cuidado del niño
  • El paradero actual del niño si no es el mismo que la dirección del domicilio de los padres o de las otras personas
  • La edad del niño
  • La naturaleza y el alcance de las lesiones del niño, incluida cualquier evidencia de lesiones previas
  • El nombre, la edad y la condición de otros niños en la misma casa
  • Si la persona que presenta la denuncia es un empleado escolar con licencia que cree razonablemente que la persona responsable de la lesión también es un empleado escolar con licencia, la identidad de la persona que se cree responsable de la lesión
  • Cualquier otra información que la persona que presenta la denuncia considere que pueda ser útil para:
    • Establecer la causa de la lesión al niño
    • Identificar a la persona o las personas responsables de la lesión
    • Brindar asistencia al niño
  • El nombre y la dirección de la persona que presenta la denuncia

Falta de presentación de denuncia

Cita: Código Anotado, sección 232.75(1)-(2)

Cualquier persona, funcionario, agencia o institución que tiene la obligación de denunciar un caso sospechoso de abuso infantil que, a sabiendas y voluntariamente, no lo haga, es culpable de un delito menor simple.

Cualquier persona, funcionario, agencia o institución obligada por la sección 232.69 a denunciar un caso sospechoso de abuso infantil que, a sabiendas, no lo haga, o que a sabiendas, interfiera con la presentación de dicha denuncia en infracción de la sección 232.70, es civilmente responsable de los daños directamente causados por dicha falta de presentación o interferencia.