Cita: Código Anotadas, sección 26-8A-3
Los denunciantes por mandato incluyen las siguientes personas:
- Médicos, dentistas, higienistas dentales, osteópatas, quiroprácticos, optometristas, técnicos médicos de emergencia, paramédicos, practicantes de la sanación religiosa, podólogos, pasantes o residentes de hospitales, enfermeros o forenses
- Maestros, consejeros escolares o funcionarios
- Proveedores de bienestar infantil con licencia o registro
- Profesionales de la salud mental o consejeros, psicólogos, trabajadores sociales, consejeros de dependencia química o empleados o voluntarios de refugios para víctimas de abuso doméstico
- Empleados o voluntarios de organizaciones de defensa de los derechos de los niños o proveedores de servicios de bienestar infantil
- Agentes de libertad condicional o de servicios judiciales o agentes de seguridad
- Cualquier puesto relacionado con la seguridad (según se define en la sección 23-3-64), incluido cualquier agente de seguridad autorizado para portar armas de fuego y cualquier personal de custodia empleado por cualquier agencia responsable de la rehabilitación o el tratamiento de cualquier adulto o menor juzgado